La Ley de Presupuestos General del Estado (PGE) para este año, aprobada el pasado 29 de Junio y con entrada en vigor el 1 de Julio de 2012, dispone un incremento de las tasas aeroportuarias con efecto retroactivo. Cualquier billete de avión para volar desde aeropuertos españoles a partir del 1 de Julio debe abonar este incremento de tasas, independientemente de la fecha en que se haya emitido el billete aéreo.
Las compañías aéreas son las encargadas del cobro de esta subida de tasas aeroportuarias a los billetes adquiridos antes del 1 de Julio. Algunas han decidido asumir el sobrecoste de los billetes ya emitidos sin causar perjuicio a sus clientes, mientras otras van a trasladar el importe a los pasajeros.
En caso de volar con una compañía que solicita el pago del incremento de las tasas aeroportuarias y no haber abonado el importe reclamado, la aerolínea puede denegar el embarque del pasajero. Recomendamos llegar con tiempo suficiente a la salida del vuelo en su aeropuerto de origen, de cara a la gestión del posible cobro por parte de la compañía aérea.
Todas las nuevas reservas de vuelos con origen en aeropuertos españoles realizadas a partir del 1 de julio no estarán afectadas por esta cláusula retrospectiva ya que el aumento del impuesto de salida ya ha sido incluido en el precio del vuelo adquirido.
Las compañías aéreas son las encargadas del cobro de esta subida de tasas aeroportuarias a los billetes adquiridos antes del 1 de Julio. Algunas han decidido asumir el sobrecoste de los billetes ya emitidos sin causar perjuicio a sus clientes, mientras otras van a trasladar el importe a los pasajeros.
En caso de volar con una compañía que solicita el pago del incremento de las tasas aeroportuarias y no haber abonado el importe reclamado, la aerolínea puede denegar el embarque del pasajero. Recomendamos llegar con tiempo suficiente a la salida del vuelo en su aeropuerto de origen, de cara a la gestión del posible cobro por parte de la compañía aérea.
Todas las nuevas reservas de vuelos con origen en aeropuertos españoles realizadas a partir del 1 de julio no estarán afectadas por esta cláusula retrospectiva ya que el aumento del impuesto de salida ya ha sido incluido en el precio del vuelo adquirido.
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